Imagen de las banderas el día del chupinazo de San Fermín. Las banderas de izquierda a derecha según se mira: Europa, Navarra, España, País Vasco y Pamplona.
Se
ha hablado mucho esta semana de la decisión del nuevo alcalde de Pamplona,
Joseba Asirón (EH Bildu), de colocar la bandera del País Vasco en el balcón
municipal desde el que cada 6 de julio se lanza el popular chupinazo que abre
los internacionales “sanfermines”. La primera autoridad local de la capital de
Navarra ha argumentado que lo hizo en deferencia a la invitación a tres
parlamentarias vascas. Es evidente que el trasfondo de la cuestión no es una
cuestión de protocolo, sino política, en la que como es habitual no voy a
entrar.
El
Alcalde había anunciado días antes que “de una manera u otra” la ikurriña
estaría presente, aunque eso sí “respetando la legalidad vigente”. Añadía la
siempre sospechosa frase “me guste o no”. Efectivamente ha cumplido con la
legalidad vigente, lo que hace inviable el recurso anunciado por la Delegación
del Gobierno navarro.
Laley foral 24/2003, de 4 de abril, de símbolos de Navarra, probablemente la que
más en detalles concretos entra sobre el uso y disposición de su vexilo frente
al resto de normativas de otras comunidades, deja abierta claramente la
posibilidad de que en los edificios públicos locales puedan incorporarse
extraordinariamente otras enseñas. En su artículo 8 se dice textualmente:
1. Todas las entidades que componen la
Administración Local de Navarra están obligadas a exhibir la bandera de Navarra
en el exterior de sus sedes y edificios destinados a los servicios públicos de
su competencia y están también obligadas a colocar la bandera de Navarra en el
interior de los despachos oficiales de sus autoridades y en el Salón de Plenos
Corporativos, de forma permanente en el interior y, al menos, entre las 8 y las
20 horas de cada día, en el exterior.
La bandera de Navarra ondeará a media
asta o con crespón negro sobre su escudo, sólo cuando haya sido decretada la
jornada de luto oficial por el Presidente del Gobierno de Navarra, y por el
plazo que esta orden determine.
2. Ordinariamente, únicamente ondearán
con la oficial de cada entidad local y en los edificios municipales, con
exclusión de cualquier otra, la bandera oficial de Navarra, la de España en los
términos establecidos en la Ley 39/1981, de 28 de octubre, y la de Europa
cuando así se establezca formalmente.
3.
Extraordinariamente, podrá acompañar a las otras citadas banderas, pero nunca
colocarse en solitario, la representativa de otros Países, Comunidades
Autónomas o entidades locales, cuando éste sea un acto de cortesía con
autoridades de dicho País, Comunidad o entidad local invitadas oficialmente por
la autoridad competente del territorio anfitrión y durante el periodo de su
visita oficial, o en celebraciones ocasionales de hermanamiento entre entidades
locales y por el tiempo de dicha celebración.
Ese
punto 3, atendiendo a las explicaciones ofrecidas por el Alcalde, posibilita
legalmente la decisión adoptada. La Voz de Galicia recoge en sus páginas lo
siguiente: “El nuevo equipo de gobierno del consistorio, encabezado por el
alcalde de Pamplona, Joseba Asirón, de EH Bildu, ha explicado que la ikurriña
puede ondear legalmente porque es una deferencia hacia las tres parlamentarias
vascas que han sido invitadas a presenciar el chupinazo desde el consistorio”.
Muchos seguramente se preguntarán si se hubiera actuado igual con la bandera
francesa si los invitados fueran galos o la Extremadura si estuviera presente
en el balcón un consejero de esta comunidad. Seguramente todos estemos pensando
lo mismo. Por eso digo que la cuestión es pura política.
Incorrecta ordenación
De
acuerdo a la costumbre aceptada (aunque no hay normativa al respecto, y debería
haberla), las banderas autonómicas toman precedencia sobre las locales, por lo
que la disposición de la Ikurriña es correcta y no se incumple ley alguna.
Siguiendo esa misma costumbre no reglada, la bandera de Europa debería ir la
última y no la cuarta como se dispuso, relegando al último lugar a la verde
bandera de Pamplona.
Lo
malo de esta situación no es si está o no la bandera vasca, sino que el Alcalde
en su afán por incluir aquella, se olvida de la que probablemente es la más
significativa en ese día para los vecinos de su ciudad: la de Pamplona (no hay
que olvidar que son sus fiestas, no las navarras o vascas o españolas. Relegada
a la última posición, el Alcalde hace una auténtica exhibición de una clara
falta de sensibilidad por los símbolos de su municipio, que es lo primero que
debería preocuparle. El mismo énfasis que puso en cuidar la Ikurriña debería
haberlo aplicado en la pamplonica.
A falta
de regulación en España sobre la disposición de las banderas autonómicas fuera
de su propio ámbito territorial (hemos hablado de costumbre aceptada, pero que
debería revisarse), si de mi dependiera habría dispuesto en los tres mástiles
centrales las enseñas de España (en el centro, como obliga la Ley de la Bandera
de España), a su derecha la de Navarra (Ley Foral) y a su izquierda la de
Pamplona (la lógica o el tan apelado sentido común). Y luego por “deferencia”
la vasca (cuarta) y la quinta y última la europea si así lo desean (no es
obligatorio, porque la Ley Foral habla de disponer la de la UE “cuando así se
establezca formalmente”, cuestión que por cierto no sabemos muy bien qué
significa en la práctica esa expresión). Por cierto, alguna vez el gobierno de
España podría dar indicaciones por escrito sobre el uso y disposición de la
bandera comunitaria.
Normativizar la bandera local
Particularmente
pienso cada día con más fuerza que en los balcones municipales la bandera local
nunca debiera retrasarse más del tercer puesto (tras la nacional y la
autonómica), y cuando sea necesario por cortesía disponer otras enseñas
añadirlas a continuación o habilitar otros mástiles en lugar diferenciado. Me
lleva a defender esta opción la reivindicación de la autonomía local, y no
estaría de más que en los reglamentos de protocolo de cada ayuntamiento así se
regulase para evitar conflictos de
interpretación.
Denunciar
Me llama
mucho la atención que el Gobierno de España no haya tardado ni minutos en
presentar el recurso en el juzgado de guardia por este tema, y, sin embargo, no
se denuncie a sí mismo o lo haga con otras entidades oficiales y privadas
cuando las banderas oficiales se colocan de forma contraria a la normativa
vigente. Quienes estamos en protocolo todos los días tenemos ejemplos sobrados
de la irregularidad permanente en el uso de las banderas oficiales reguladas
por Ley. Y la norma está para cumplirla. De lo contrario que la supriman. Es
cierto que si se denunciaran todos los casos de incumplimientos colapsaríamos
definitivamente los juzgados.